Plan Insular de Cooperación del Consell Insular de Menorca 2026

Trámite fuera de plazo
Última modificación: 05/05/2026

Presentar altra documentació

Objeto del trámite: El objeto de las ayudas es el de colaborar con los ayuntamientos en la adecuada prestación de los servicios obligatorios de competencia municipal y en el desarrollo de las tareas propias de los entes locales, financiando la redacción de proyectos, la ejecución de obras y la adquisición de equipamientos necesarios para los municipios de Menorca.

Ámbito de responsabilidad: Servicio de Cooperación Local
Quién lo puede solicitar: Pueden ser beneficiarios todos los ayuntamientos que soliciten la ayuda dentro del plazo establecido en la convocatoria y cumplan los requisitos establecidos en las bases.

Requisitos a cumplir: Se consideran subvencionables las actuaciones que se enmarquen en alguna de las categorías de la base sisena.

Documentación a presentar: Ver la base duodécima de las bases.
Donde se puede realizar el trámite: Presencial: ---
Por teléfono (sólo información): 971356050
Por correo: ---
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web: Botón TRAMITAR

Qué ha de pedir el ciudadano: Presentar la solicitud y la documentación requerida mediante el trámite electrónico disponible.
Plazos de ciudadano: Hasta el 15 de mayo de 2026
Plazos de la administración: Seis meses.
Tarifas aplicables: Se trata de un trámite gratuito.
Respuesta al ciudadano: Notificación a los solicitantes y publicación en el BOIB.
Marco legal: Bases de la convocatoria.

Otra normativa:
a. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
c. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
d. La Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares.
e. La Ley 18/2006, de 22 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
f. La Ley 4/2022, de 28 de junio de 2022, de consejos insulares.
g. Decreto 22/2005, de 4 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico, los criterios de distribución y el funcionamiento del Fondo de
Cooperación Municipal
h. La normativa presupuestaria y de subvenciones propia del CIM que resulte de aplicación, así como sus Bases de Ejecución
Presupuestaria vigentes.
i. Supletoriamente será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte oportuno.

Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio
Observaciones:


 
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