Ayudas para las agrupaciones de defensa sanitaria de Menorca (ADS)

Última modificación: 05/11/2025

Tramitar Presentar altra documentació

Objeto del trámite: La convocatoria de ayudas a las ADS tiene por objeto compensar el coste, de las actuaciones de prevención, control, lucha y erradicación de enfermedades de los animales, incluidas en los programas sanitarios y zootécnicos de las ADS de ovino y vacuno de Menorca, aprobados por la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural del Gobierno de las Illes Balears.

La finalidad de las ayudas es conseguir, mediante la puesta en práctica de un programa sanitario común, la mejora sanitaria y productiva de las explotaciones ganaderas.

Codi SIA: 2927430
Ámbito de responsabilidad: Departamento de Economía y Servicios Generales
Quién lo puede solicitar: Las ADS integradas por explotaciones ganaderas de Menorca, de acuerdo con el Real Decreto 81/2015, así como lo que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y que cumplan los requisitos del punto 2 y el punto 6 de las bases.
Requisitos a cumplir: Ver apartado 6 de las bases (Requisitos de los beneficiarios)
Documentación a presentar: Ver apartado 7 de les bases (Presentación de las solicitudes)
Donde se puede realizar el trámite: Presencial: ---
Por teléfono (sólo información): 971 35 60 50
Por correo: ---
Por FAX (sólo información): ---
Correo electrónico: info.sac@cime.es
Otros:
Página web: Botón: "Tramitar"

Qué ha de pedir el ciudadano: Presentar la documentación requerida electrónicamente mediante el modelo normalizado (personas obligadas a relacionarse de forma electrónica con la Administración).
Plazos de ciudadano: Del 05/11/2025 hasta el 30/01/2026
Plazos de la administración: Seis meses
Tarifas aplicables: Es un trámite gratuito.
Respuesta al ciudadano: Por escrito (notificación electrónica) y publicación en el tablón de edictos
Marco legal: En todo aquello no previsto expresamente en estas bases rigen las disposiciones que sean aplicables al Consejo Insular de Menorca en
materia de subvenciones, especialmente las contenidas en las normas siguientes:

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
- Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 196 de 31 de diciembre de 2005).
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
- Reglamento (UE) núm. 2022/2472 de la Comisión de 14 de diciembre de 2022, por el cual se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles en el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, modificado por el Reglamento UE 289/2019, de 19 de febrero, y por el Reglamento 2008/2020, de 8 de diciembre.
- Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el cual se establecen las bases que regulan las subvenciones estatales destinadas en las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (BOE núm. 50 de 27 de febrero de 2015), modificado por el Real Decreto 780/2023, de 10 de octubre (BOE núm. 243 de 11 de octubre de 2023).
- Ley 8/2003, de sanidad animal, de 24 de abril (BOE núm. 99 de 25 de abril).
- Real Decreto 842/2011, de 17 de junio (BOE núm. 168 de 14 de julio de 2011), normativa básica de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera y crea y regula el registro nacional de esta.
- Decreto 42/2021, de 11 de octubre, por el cual se regula el funcionamiento de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera en el ámbito de las Illes Balears.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.

Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio.
Observaciones:


 
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