Ayudas destinadas a la mejora de instalaciones deportivas.

Trámite fuera de plazo
Última modificación: 19/06/2025

Presentar altra documentació

Objeto del trámite: Mejorar las instalaciones privadas que son gestionadas por entidades deportivas sin ánimo de lucro por la buena labor que realizan en la salud de los deportistas y por los gastos que asumen en relación con el mantenimiento y la mejora de estas instalaciones privadas.

- Línea 1. Inversión realizada para la mejora de las instalaciones deportivas; espacios de práctica deportiva y zonas complementarias asumidas por la entidad.

- Línea 2. Mantenimiento preventivo y correctivo de la instalación deportiva realizado por parte de la entidad.

Ámbito de responsabilidad: Servicio de Deportes
Quién lo puede solicitar: Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades deportivas sin ánimo de lucro constituidas e inscritas legalmente en el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de las Illes Balears, como mínimo desde el inicio de la temporada objeto de ayuda y que desarrollen la actividad deportiva en la isla de Menorca y en instalación privada.

La entidad es la que gestiona de forma directa todos los recursos y servicios necesarios para desarrollar la actividad deportiva y asume los gastos de inversión y mantenimiento que se derivan de la instalación privada que hace uso. Además debe promover la actividad física, la salud, la formación deportiva y las actividades competitivas reguladas por los organismos oficiales.

Requisitos a cumplir:
- Ver la convocatoria 2025.
- Bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca en sesión de caràcter ordinario de 14 de octubre de 2024, publicadas en el BOIB Núm. 147 de 9 de noviembre de 2024.

Documentación a presentar:
- Ver la convocatoria 2025.
- Bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca en sesión de caràcter ordinario de 14 de octubre de 2024, publicadas en el BOIB Núm. 147 de 9 de noviembre de 2024, según la línea de ayudas a la que se opte (base séptima).

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: ---
Por teléfono (sólo información): 971356050
Por correo: ---
Por FAX (sólo información): ---
Correo electrónico: info.sac@cime.es
Otros:
Página web: Botón: "Tramitar"

Qué ha de pedir el ciudadano: Presentar la solicitud y la documentación requerida. Deberá indicar a qué línea/líneas de ayudas opta (línea 1 o línea 2) y aportar la documentación requerida en las bases de la convocatoria.

Plazos de ciudadano: Hasta el día 1 de septiembre de 2025.
Plazos de la administración: 6 meses
Tarifas aplicables: Se trata de un trámite gratuito
Respuesta al ciudadano: Publicación en el BOIB y en el tablón de edictos del Consell Insular
Marco legal: Bases de la convocatoria.
Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio.
Observaciones: La solicitud se presentará mediante el trámite de solicitud genérica donde deberá indicarse a qué línea/líneas se quiere optar.


 
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