Última modificación:
23/05/2025
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Objeto del trámite:
Instancia de presentación del Plan de Modernización de estancias turísticas establecido como anexo 6 al Decreto, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Islas Baleares, y de regulación y clasificación de las empresas y los establecimientos turísticos, dictado en desarrollo de la citada ley.
El arte. 133 del citado Decreto 20/2015 establece que se incorporan como anexos 5 y 6 diversos modelos de planes de modernización y de seguridad para cada tipo de establecimientos turístico, y también un modelo para viviendas turísticas vacacionales y viviendas objeto de comercialización turística. (Anexo 6).
Codi SIA:
2509411
Ámbito de responsabilidad:
Quién lo puede solicitar:
Cualquier ciudadano sujeto al cumplimiento del Plan de Modernización para estancias turísticas.
Requisitos a cumplir:
Cualquier ciudadano sujeto al cumplimiento del Plan de Modernización para estancias turísticas.
Documentación a presentar:
A) Instancia
B) Acreditación a través de cualquier medio válido en derecho de la personalidad y la representación del declarante. En el caso de las comunidades de bienes y sociedades civiles, se deberá indicar también los nombres y DNI de sus miembros, o bien presentar documento de constitución de la sociedad
C) Anexo 6 debidamente cumplimentado
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
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Por teléfono (sólo información):
971356050
Por correo:
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Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
info.sac@cime.es
Otros:
Página web:
Botón "Tramitar" (ver observaciones)
Qué ha de pedir el ciudadano:
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Plazos de ciudadano:
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Plazos de la administración:
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Tarifas aplicables:
Plan de calidad reconocido por la Administración 41 €
Respuesta al ciudadano:
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Marco legal:
-Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Islas Baleares.
-Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Islas Baleares, y de regulación y clasificación de las empresas y los establecimientos turísticos, dictado en desarrollo de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de turismo de las Islas Baleares.
-Plan territorial insular.
-Formación del Registro Insular de empresas, actividades y establecimientos turísticos de la Isla de Menorca
-Tasa del servicio de ordenación turística.
-Real Decreto Legislativo 1/2007, de la ley de consumidores y usuarios.
-Decreto Ley 4/2025, de 11 de abril, contra la oferta ilegal, de medidas transitorias para la oferta, y por la calidad turística de las Illes Balears.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones:
IMPORTANTE:
Desde la entrada en vigor del Decreto Ley 4/2025, la tramitación electrónica es obligatoria para los propietarios y comercializadores de las viviendas turísticas de vacaciones (VTV) i de las estancias turísticas en viviendas (ET).
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