3556_Plan de modernización para la comercialización de estancias turísticas inscritas de acuerdo con la Ley 8/2012 y antes del Decreto 20/2015

Última modificación: 23/05/2025

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Objeto del trámite: Instancia de presentación del Plan de Modernización de estancias turísticas establecido como anexo 6 al Decreto, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Islas Baleares, y de regulación y clasificación de las empresas y los establecimientos turísticos, dictado en desarrollo de la citada ley.

El arte. 133 del citado Decreto 20/2015 establece que se incorporan como anexos 5 y 6 diversos modelos de planes de modernización y de seguridad para cada tipo de establecimientos turístico, y también un modelo para viviendas turísticas vacacionales y viviendas objeto de comercialización turística. (Anexo 6).

Codi SIA: 2509411
Ámbito de responsabilidad:
Quién lo puede solicitar: Cualquier ciudadano sujeto al cumplimiento del Plan de Modernización para estancias turísticas.
Requisitos a cumplir: Cualquier ciudadano sujeto al cumplimiento del Plan de Modernización para estancias turísticas.
Documentación a presentar: A) Instancia
B) Acreditación a través de cualquier medio válido en derecho de la personalidad y la representación del declarante. En el caso de las comunidades de bienes y sociedades civiles, se deberá indicar también los nombres y DNI de sus miembros, o bien presentar documento de constitución de la sociedad
C) Anexo 6 debidamente cumplimentado

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: ---
Por teléfono (sólo información): 971356050
Por correo: ---
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico: info.sac@cime.es
Otros:
Página web: Botón "Tramitar" (ver observaciones)

Qué ha de pedir el ciudadano: ---
Plazos de ciudadano: ---
Plazos de la administración: ---
Tarifas aplicables: Plan de calidad reconocido por la Administración 41 €
Respuesta al ciudadano: ---
Marco legal: -Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Islas Baleares.
-Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Islas Baleares, y de regulación y clasificación de las empresas y los establecimientos turísticos, dictado en desarrollo de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de turismo de las Islas Baleares.
-Plan territorial insular.
-Formación del Registro Insular de empresas, actividades y establecimientos turísticos de la Isla de Menorca
-Tasa del servicio de ordenación turística.
-Real Decreto Legislativo 1/2007, de la ley de consumidores y usuarios.
-Decreto Ley 4/2025, de 11 de abril, contra la oferta ilegal, de medidas transitorias para la oferta, y por la calidad turística de las Illes Balears.

Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: IMPORTANTE:
Desde la entrada en vigor del Decreto Ley 4/2025, la tramitación electrónica es obligatoria para los propietarios y comercializadores de las viviendas turísticas de vacaciones (VTV) i de las estancias turísticas en viviendas (ET).


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