Última modificación:
23/05/2025
Tramitar
Presentar altra documentació
Generar documento de pago
Objeto del trámite:
Solicitar un certificado de los datos que constan al Registro turístico sobre una determinada actividad turística.
Codi SIA:
3177736
Ámbito de responsabilidad:
Servicio de Ordenación Turística
Quién lo puede solicitar:
Los titulares y explotadores/comercializadores de las empresas, actividades o establecimientos turísticos inscritos en el Registro, su representante.
Requisitos a cumplir:
Disposar de la inscripción en el Registro insular de empresas, actividades y establecimientos turísticos de Menorca
Documentación a presentar:
- Modelo de solicitud de expedición del certificado cumplimentado. En el caso de tramitación electrónica no es necesario aportar este modelo puesto que el trámite contiene los datos necesarios establecidos.
- Justificante del pago de la tasa.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
---
Por teléfono (sólo información):
971356050
Por correo:
---
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
info.sac@cime.es
Otros:
Página web:
Botón "Tramitar" (ver observaciones)
Qué ha de pedir el ciudadano:
Presentar la documentación requerida, incluyendo el justificante del pago de la tasa.
Plazos de ciudadano:
No hay plazos
Plazos de la administración:
10 días
Tarifas aplicables:
24,60 €
Respuesta al ciudadano:
Según el canal de notificación escogido.
Marco legal:
- Ley 8/2012, 19 de julio, de turismo de las Islas Baleares (LTIB), y sus modificaciones.
- PTI vigente, en todo aquello que determine como plan de ordenación turística, según prevé el arte. 5 de la LTIB.
- Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Islas Baleares, y de regulación y clasificación de las empresas y de los establecimientos turísticos, dictado en despliegue de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de turismo de las Islas Baleares, y sus modificaciones (Ley 6/2017 y Ley 6/2018).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa del Servicio de Ordenación Turistica del Consejo Insular de Menorca.
-Decreto Ley 4/2025,de 11 de abril, contra la oferta ilegal, de medidas transitorias para la oferta, y por la calidad turística de las Islas Baleares.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones:
IMPORTANTE:
Desde la entrada en vigor del Decreto Ley 4/2025, la tramitación electrónica es obligatoria para los propietarios y comercializadores de las viviendas turísticas de vacaciones (VTV) i de las estancias turísticas en viviendas (ET).